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20 de mayo de 2025

El Gobierno eliminó restricciones al capital, las aeronaves y las tripulaciones extranjeras en el Código Aeronáutico

A través de un decreto, se eliminaron regulaciones que en algunos casos tienen 55 años de antigüedad. Una por una cuáles son las medidas

El Gobierno nacional oficializó este martes una profunda reforma del Código Aeronáutico, con el objetivo de otorgar mayores libertades al sector aéreo, modernizar la normativa vigente y desburocratizar el sistema en línea con la política de Cielos Abiertos. Mediante el Decreto 338/2025, se eliminaron requisitos históricos que limitaban el ingreso de capital extranjero, el uso de aeronaves de matrícula extranjera, y la participación de tripulaciones no argentinas en operaciones dentro del país.

 

“De esta manera se transparenta la constitución de determinadas sociedades de capital extranjero que antes tenían que ser representadas por terceras personas. Se mantiene como punto de conexión el domicilio legal en Argentina”, indicó la Secretaría de Transporte, actualmente a cargo de Luis Pierrini, en reemplazo de Franco Mogetta.

Otra modificación relevante fue la incorporación de mayor libertad contractual para la matriculación de aeronaves. A partir de ahora, los contratos pueden celebrarse tanto en Argentina como en el extranjero, con total autonomía entre las partes. La única exigencia es que se inscriban en el Registro Nacional de Aeronaves y cumplan con los requisitos del Código Aeronáutico.

La reforma también apunta a simplificar el ingreso de nuevos actores al sistema aerocomercial. Según el Gobierno, se busca consolidar un mercado más competitivo que beneficie a empresas y pasajeros, ampliando la conectividad y las opciones de vuelo, siempre con prioridad en la seguridad operacional.

En línea con este objetivo, se eliminaron las referencias tarifarias y se desreguló la aprobación de itinerarios, que ya no deberán pasar por el Ejecutivo Nacional. Ahora, los operadores aeroportuarios coordinarán directamente con las aerolíneas la programación de vuelos.

 

Otro punto clave de la reforma es la eliminación de funciones duplicadas en aeródromos. A partir de ahora, solo habrá jefe de aeródromo público en aquellos casos en que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) lo considere necesario. El Estado mantendrá sus competencias de regulación, inspección y vigilancia, pero se eliminarán puestos redundantes.

El modelo toma como referencia a Brasil, donde los aeródromos concesionados operan con coordinación administrativa delegada, sin necesidad de un jefe designado por el Estado en cada caso.

 

La Secretaría de Transporte, junto con el Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, impulsó estas modificaciones con el objetivo de modernizar un régimen que llevaba más de cinco décadas sin cambios profundos.

En los considerandos del decreto, el Gobierno argumentó que “se deben ampliar los derechos derivados de la libertad de comercio con el fin de armonizar sistémicamente la legislación vigente” y que persistían “requisitos limitantes y de control previo incompatibles con la libertad de explotación de operadores aéreos”.

 

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